Ayudas a los artesanos del Principado de Asturias para inversiones en talleres de artesanía artística y creativa

Finalidad

Contribuir a la mejora del proceso productivo, de la calidad y creatividad, potenciando la compra de maquinaria auxiliar y la adecuación de los talleres a la actividad en ellos desarrollada así como posibilitar el recurso a acciones de promoción comercial de su actividad en el mercado.

Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Acciones Subvencionables

Las inversiones deberán estar comprendidas entre el 16 de mayo de 2018 y el 15 de mayo de 2019.

El importe mínimo de la inversión será de 1.200 euros.

Conceptos Subvencionables

  • Nueva implantación, modernización y reforma de talleres.
  • Adquisición de equipamiento: Maquinaria, instrumental.
  • Desarrollo de proyectos de investigación artesanal de carácter técnico, artístico o comercial.
  • Catálogos, folletos, bolsas, estuches y embalajes, trabajos fotográficos de talleres y obra con fines de expansión comercial.
  • Envío de piezas a concursos.
  • Ordenadores de sobremesa y periféricos destinados a aplicaciones de contabilidad, facturación, investigación y diseño, así como aplicaciones y programas dirigidos a los mismos fines.

Quedan expresamente excluidas las siguientes inversiones:

  • Adquisición y alquiler de locales, así como los gastos relativos a proyectos, permisos, licencias y cuotas de Colegios Oficiales en lo relativo a nueva implantación o reforma de talleres
  • Muebles, electrodomésticos, aparatos e instalaciones que no cumplan una función claramente relacionada con la actividad artesana desarrollada en los talleres.
  • Adquisición de materias primas y consumibles que se utilicen durante el proceso de elaboración de los productos
  • Suministros.
  • Ordenadores portátiles o de bolsillo, fotocopiadoras, fax y aparatos de teléfono fijos o móviles.
  • Equipos e instalaciones de seguridad y alarmas. Contratos de seguro.
  • Publicidad en prensa, radio y televisión.
  • Creación y mantenimiento de páginas web.

Cuantía

La cuantía de la subvención se determinará mediante el prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado a las subvenciones, en función de la inversión subvencionable realizada y podrá ascender hasta el 40% de los gastos subvencionables, con el tope máximo de 5.000 euros por taller y año y con las siguientes matizaciones:

  • Para la nueva implantación, modernización y reforma de talleres, la cuantía máxima será de 3.000 euros.
  • Para los catálogos, folletos, bolsas, estuches y embalajes, etc., el límite máximo subvencionable será de hasta el 20%.

Para ampliar información pulse aquí.

2019-03-20T11:51:04+01:0019 marzo, 2019|