Subvenciones para la modernización del pequeño y mediano comercio

Finalidad

Incrementar la competitividad del comercio asturiano a través de procesos de innovación, ligados al uso de las TIC’s y de actuaciones que incidan en la gestión, infraestructuras y equipos de los establecimientos comerciales como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad.

Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Acciones Subvencionables

Las actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben estar comprendidos en el período entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de mayo de 2019, ambos inclusive. Las inversiones deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo.

Conceptos Subvencionables

LÍNEAS DE AYUDA

  1. Renovación de la imagen del establecimiento comercial: Tiene por objeto la realización de proyectos de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas sustanciales y adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización en la actividad comercial.Conceptos incluídos:
    • Elaboración del Proyecto Técnico y Dirección de obra visado por el Colegio Oficial correspondiente.
    • Obras de adecuación interior y exterior de los locales comerciales que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superfiice comercial o la mejora de la imagen del local.
    • Gastos de asesoramiento realizados por empresas externas para la elaboración del diágnostico previo y la realización de un protocolo de familia, en el caso de empresas familiares y siempre que éste vaya asociado a la realización de una inversión en la renovación de la imágen del establecimiento comercial. El gasto máximo subvencionable será de 5.000 euros siendo, en todo caso, la cuantía máxima de la subvención a percibir el 50% del valor del gasto subvencionable. Se considera que una empresa es familiar cuando una parte esencial de la propiedad está en manos de una o varias familias, cuyos miembros intervienen de forma decisiva en la administración y dirección del negocio.
    • Rótulos, toldos y marquesinas comerciales.
    • Mobiliario destinado a la presentación de los productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros, etc.
    • Mobiliario (incluidas cámaras frigoríficas) destinado al almacenamiento de los productos.
    • Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros.

Para ampliar información pulse aquí.

2019-03-20T11:52:30+01:0019 marzo, 2019|